Entendiendo el Impacto de la Reexpresión de Contratos 90 en los Servicios Notariales Mexicanos
Posted by Ariel Ortíz Macías in Uncategorized | 0 comments
Típicamente, cuando piensas en un contrato, piensas en un acuerdo legal entre dos partes que es exigible por la ley. En caso de incumplimiento, la parte que ha sido agraviada o dañada puede buscar compensación. Hay muchos matices de un contrato que se pueden evaluar para determinar cómo un tribunal manejará una demanda por incumplimiento de contrato. Por ejemplo, los tribunales pueden considerar lo más básico, como si había partes competentes, si se recibió algo de valor a cambio de la promesa y si el contrato no viola la ley. Los tribunales también pueden evaluar la promesa real del contrato, lo que los firmantes o promotores del contrato pretendían transmitir y hasta dónde puede llegar o no llegar el contrato. Sin embargo, una doctrina poco conocida de un contrato puede entrar en juego, que se llama doctrina de la promesa vinculante. Por lo tanto, puede ser útil consultar un artículo como Restatement of Contracts Section 90: The Doctrine of Promissory Estoppel para verificar los detalles de cómo todo esto puede aplicarse a las promesas vinculantes.
Según el artículo, Restatement of Contracts Section 90, una promesa generalmente no es exigible por la ley si no está respaldada por una contraprestación. La contraprestación es lo que constituye el acuerdo de un contrato. En otras palabras, algo de valor debe ser intercambiado por ambas partes, de lo contrario, el acuerdo puede ser rescindido. Sin embargo, curiosamente, una promesa puede ser exigible por la ley, incluso si es solo una promesa y no hay una contraprestación real que la respalde. Esto puede ser cierto incluso aunque en circunstancias normales, uno puede optar por no dar contraprestación en ocasiones.
El papel de un notario público es validar y hacer cumplir un contrato, incluidos los principios expresados en este documento y aquellos que se encuentran en la doctrina de restatement of contracts 90. Un notario público a menudo está presente cuando se firman contratos en México para atestiguar la transacción. Las autoridades señalan que el notario no solo es un testigo de prueba en presencia de las partes, sino que comparte la responsabilidad adicional de ejecutar la escritura pública en su totalidad después de que se firme el contrato original. Cuando las partes firman el contrato original frente a un notario público, están validando esencialmente sus intenciones y verificando sus identidades como los organizadores del acuerdo notarial. Sin embargo, la realidad puede ser que un notario público a menudo no esté presente cuando se firman contratos internacionales. Por lo tanto, los notarios tienen obligaciones adicionales para proteger a las partes involucradas en el contrato por esa razón. Toda esta información se puede verificar en el artículo, Restatement of Contracts Section 90: The Doctrine of Promissory Estoppel de Victor C. Garza.
De hecho, hay muchas maneras en que los principios de restatement pueden afectar las prácticas de notarios públicos en la Ciudad de México. Por ejemplo, los notarios pueden proporcionar validación adicional de contratos que no pueden ser exigibles por la ley. Estos casos pueden involucrar lo que se conoce como una concesión suave, que a veces se refiere como una promesa de concesión en derecho formal. Otro caso podría ser un pacto restrictivo, que es una promesa del prometedor o del beneficiario de que no harán algo que tienen la obligación de no hacer. Tales acuerdos pueden no ser exigibles por la ley a menos que estén respaldados por contraprestación o si la promesa en cuestión cumple con los estándares de la sección 92 del restatement of contracts. Lo que todo esto significa es que los notarios públicos en la Ciudad de México tienen cierta autoridad para evaluar la validez de un contrato antes de su ejecución. Curiosamente, pueden utilizar los principios de un restatement of contracts 90 para establecer estas cosas.
Para más información sobre la ley de contratos y sus implicaciones, puedes visitar el Instituto de Información Legal en la Facultad de Derecho de Cornell.
Comentarios recientes